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Programas de AUGE-UCR

Términos y condiciones

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

Vicerrectoría de Investigación

Dirección de Promoción de la Innovación y Vínculo para el Desarrollo 

Agencia Universitaria para la Gestión del Emprendimiento  

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS PROGRAMAS DE INCUBACIÓN DE LA AGENCIA UNIVERSITARIA PARA LA GESTIÓN DEL EMPRENDIMIENTO

 

La postulación y participación en los programas de incubación de emprendimientos en la Agencia Universitaria para la Gestión del Emprendimiento de la Universidad de Costa Rica, AUGE-UCR, se rigen por los siguientes términos y condiciones. El otorgamiento de cualquiera de los derechos estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto en las siguientes disposiciones. 

 

  • DISPOSICIONES GENERALES 
  • Definiciones especiales
  • Comité de Gestores: órgano colegiado conformado por los gestores de emprendimiento de la Agencia. Siempre será conformado como mínimo por 3 gestores. 
  • Emprendimiento dinámico o alto valor: Idea o proyecto de emprendimiento de base tecnológica o científica, con alto grado de diferenciación de producto o servicio, o con un modelo de negocio innovador en el mercado, que este por desarrollar y validar un primer prototipo funcional en el mercado o que lo haya realizado recientemente, y que tenga una proyección de crecimiento exponencial y de internacionalización en el mediano plazo. 
  • Información confidencial: significa toda información introducida en cualquier soporte material, que sea entregada en cualquier momento por las partes con ese carácter, que no es conocida públicamente, y que es usada, desarrollada u obtenida por cualquiera de las partes en relación con sus actividades, otorgándole una ventaja competitiva por el solo hecho de poseerla, incluyendo i) registros escritos, planes de negocios, información financiera, información de costos, listas de clientes, reportes de investigaciones, notas, manuales, documentaciones, listas de programas de computadoras, discos compactos, discos de computadoras, planos, ii) productos y servicios, iii) diseños y configuraciones, iv) análisis, v) dibujos, modelos, aparatos, fotografías y reportes, vi) software de computadoras, vii) bases de datos, viii) invenciones, métodos, procesos, formulaciones, configuraciones y usos ya sean patentables o no y, ix) otros trabajos con derechos de propiedad, x) secretos tecnológicos y de comercio y, xi) toda información, datos, registros y materiales similares.
  • Personas emprendedoras: personas físicas o jurídicas postulantes a los diferentes programas de incubación de la Agencia Universitaria para la Gestión del Emprendimiento.  
  • Programas de incubación: StartUpGo, PITs, Impulsarte, UCR Emprende, BAC emprende, HealthTech, Movimiento Salud 2030, entre otros
  • Triada: espacio de llamada virtual donde las personas emprendedoras presentan su proyecto ante un panel de 3 jurados definidos por la Agencia.
  • Unidad responsable 

La Agencia Universitaria para la Gestión del Emprendimiento de la Dirección de Promoción de la Innovación y Vínculo para el Desarrollo (DIPROVID) de la Universidad de Costa Rica (UCR), en adelante “la Agencia”, es el órgano responsable de los diferentes programas de incubación de la UCR.  La Agencia no está en la obligación de aceptar a un postulante o cualquier otra persona con la intención de ingresar a alguno de los programas de incubación, la Agencia se reserva el derecho de admisión. 

 

  • Tratamiento de los datos de las personas emprendedoras

Las personas emprendedoras participantes en cualquiera de los programas de incubación de la Agencia son conscientes y aceptan que están brindando su información para valorar tanto su ingreso como su permanencia en el programa de incubación específico. En todo momento la Agencia realizará el tratamiento de los datos suministrados de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 8968 sobre Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales.

 

  •  Confidencialidad de la información 

Las personas emprendedoras deben comunicar de forma escrita y oportuna a la Agencia, la información específica que debe ser tratada como confidencial y debe estar debidamente rotulada como tal, permitiendo así tomar las medidas necesarias.    

Durante la participación de las personas emprendedoras en cualquiera de los programas de incubación, y aún después de finalizado el mismo, tanto las personas emprendedoras como la Agencia se comprometen a: 

1. No divulgar ni comunicar a terceros, en su totalidad o en parte, Información Confidencial, sin el consentimiento expreso y por escrito de la Parte Emisora;

2. No utilizar, en su totalidad o en parte, Información Confidencial, para fines distintos del cumplimiento del objeto de este Contrato;

3. Facilitar la Información Confidencial únicamente a su personal, consultores, asesores, subcontratistas o sublicenciatarios, y siempre y cuando sea necesario, y usando la misma diligencia que usaría la Parte Receptora en proteger su propia información confidencial;

4. Impedir la copia o revelación de Información Confidencial por o a Terceros sin el consentimiento expreso y por escrito de la Parte Emisora; 

5. Sin perjuicio de las anteriores disposiciones, suministrar la Información Confidencial a Terceros solo cuando sea necesario para el cumplimiento del objeto de este Contrato, y siempre que dichas Terceros acepten por escrito términos de confidencialidad equivalentes a los de esta cláusula.

 

Excepciones al tratamiento de la Información Confidencial. La garantía de confidencialidad establecida en estos términos y condiciones solo caducará por las siguientes razones:

1. Si la información de carácter confidencial ha perdido ese carácter, al ser hecha pública, por cualquier medio en el que no haya intervenido de mala fe la parte receptora, o cualquiera de sus empleados o representantes.

2. Si la parte receptora de la información puede probar que ya conocía esa información previamente a este acuerdo.

3. Si la parte receptora de la información prueba que la información le fue suministrada por un tercero de buena fe.

4. Si la parte reveladora otorga autorización, por escrito, para hacerlo.

5. Si las autoridades nacionales exigieren revelar la información confidencial, por razones de seguridad nacional, interés superior de la comunidad o proceso judicial.

 

  • Sobre la propiedad intelectual

Las personas emprendedoras que se integran a alguno de los programas de incubación específicos, así como los colaboradores de la Agencia, deben respetar la propiedad intelectual de otros participantes. 

La Propiedad Intelectual que haya sido generada o se genere durante la participación de las personas emprendedoras en los programas específicos le seguirá perteneciendo o le pertenecerá, respectivamente, a las personas emprendedoras.

 

  • Vías de comunicación oficial 

El medio de comunicación oficial de la Agencia con las personas emprendedoras en cualquiera de los programas de incubación será el correo electrónico que se indica en el formulario de participación. 

 

  • Registro y postulaciones 

Todas las personas emprendedoras postulantes deben registrarse mediante los formularios oficiales respectivos que la Agencia determine para participar en alguno de los programas de incubación de la Agencia. En el mismo registro deberá aceptar todos los Términos y Condiciones establecidos en este documento. 

Las personas emprendedoras son responsables de completar cada ítem de la postulación con información verídica y a título personal o como apoderado o representante legal en caso de ser una persona jurídica. No se puede postular a otra persona en el formulario.

 

  • Actualización y cambios de los términos y condiciones

La Agencia se reserva el derecho de incorporar a este documento aclaraciones o apartados cuando lo considere necesario, previa notificación, sin que se entienda que esa notificación signifique una solicitud de aprobación por parte de las personas emprendedoras que se encuentren participando de alguno de los programas de incubación. 

 

  • Requisitos y perfil de ingreso 

Los requisitos para participar en cualquiera de los programas de la Agencia describen a continuación, los cuales pueden ampliarse según el enfoque de cada programa: 

1. Ser persona costarricense o extranjera con su residencia permanente al día, mayor de 18 años de edad o una persona jurídica debidamente constituida y domiciliada en territorio costarricense. 

2. Postular una idea, proyecto o emprendimiento con potencial de emprendimiento de oportunidad (dinámico o alto valor). 

3. La idea, proyecto o emprendimiento debe tener un elemento innovador en su producto, servicio, proceso, organización o modelo de negocio que le permita un crecimiento exponencial en el corto, mediano y largo plazo. 

4. La idea, proyecto o emprendimiento debe ser del emprendedor o debe contar con los derechos o autorizaciones respectivas; así como la documentación que lo acredite para desarrollar la idea compartida con un tercero.

5. Cumplir los requisitos específicos del programa de incubación en el que desee participar.

 

  • Sobre creación de figuras jurídicas 

Las personas emprendedoras podrán, dentro de su desarrollo y participación en el programa, iniciar las gestiones para constitución de una sociedad anónima para la gestión de su emprendimiento o alguna otra figura jurídica aplicable distinta a esta tal como una sociedad de responsabilidad limitada, una sociedad en comandita entre otras. 

Una vez creadas, estas nuevas personas jurídicas deberán cumplir con las mismas obligaciones contraídas por las personas participantes en su condición personal aquí contraídas con la aceptación de estos términos y condiciones para su continuidad en los diferentes programas de incubación.      

 

  •  Sobre los criterios de evaluación 

Para la participación de las personas emprendedoras en los diferentes programas, la Agencia tomará en cuenta, aparte de los criterios específicos de cada programa los siguientes criterios: 

a. Problema o problemática detectada
b. Mercado o segmento de cliente al que se dirige
c. Emprendimiento de tipo dinámico o de alto valor
d. Conocimiento o experiencia del emprendedor o del equipo
e. Relación conocimientos del equipo con el proyecto propuesto
f. Proyecto con posibilidad de crecimiento exponencial
f. Emprendimiento con posibilidad de internacionalización
g. Escalabilidad en el corto y mediano plazo
h. Originalidad (no replica un negocio existente)


  • Sobre el otorgamiento de fondos 

La postulación que realizan las personas emprendedoras es para ingresar al proceso de acompañamiento formativo en alguno de los programas de incubación de la Agencia, situación que no conlleva en ningún sentido, la obligación de otorgar algún tipo de fondos de capital semilla o de otra naturaleza a las personas emprendedoras que participan. 

 

  •  BENEFICIOS DE LOS PROGRAMAS DE INCUBACIÓN
  •  Servicios del programa 

Las personas emprendedoras que ingresen a los programas (tanto el programa StarUpGo  como cualquiera de los Programas Especiales) recibirán: 

1. Un gestor de emprendimiento asignado en su proceso de incubación.

2. Acceso a la plataforma virtual de emprendimiento (con módulos según el programa de ingreso). 

3. Inscripción en eventos, charlas y talleres desarrollados por la Agencia, algunos de los eventos son exclusivos de un programa en específico, teniendo que estar inscrito en dicho programa para poder participar. 

4. Acceso a un espacio de coworking en horario de 8:15am a 4:45pm de lunes a viernes. El espacio puede no estar disponible por programación de eventos por lo que se recomienda confirmar con su gestor la disponibilidad del espacio. 

5. Los participantes del programa StatUpGo, así como quienes estén ejecutando fondos del Sistema de Banca para el Desarrollo, serán invitados a un chat de WhatsApp conformado por emprendedores de la comunidad.

 

  • Acompañamiento personalizado

Al ingresar a los diferentes programas de incubación de la Agencia, se le asignará un gestor de emprendimiento, este gestor es parte de los colaboradores de planta de la Agencia y es el punto de contacto del emprendedor durante todo el proceso. 

 

  • Rol del gestor de acompañamiento

La figura del gestor cumple diferentes roles dentro del proceso de emprendimiento, como se mencionó en el punto anterior es el punto de contacto entre el emprendedor y el programa. El gestor de emprendimiento cumple las siguientes funciones en el proceso:

1. Resolver el acceso a la plataforma virtual del emprendedor.

2. Revisar, dar observaciones y cambiar el estado de los entregables en la plataforma.

3. Compartir link con acceso al calendario para agendar sesiones 1 a 1. 

4. Establecer la periodicidad de las sesiones de acompañamiento y la duración de las mismas.

 

El gestor de emprendimiento cumple con el rol de coach durante el proceso, por lo que es un facilitador de la metodología, ejercicios y entregables a lo largo de los meses que dure el programa, recordando que no es un mentor, asesor o consultor de negocios, es una persona capacitada en metodología Lean StartUp por medio de la Agencia, y le indicará si las herramientas fueron bien utilizadas o no.

La comunicación con el gestor será por los medios oficiales, sesiones 1 a 1 virtuales por las plataformas que este determine o -si hay un acuerdo con el gestor- pueden ser sesiones presenciales según la disponibilidad del gestor. No es obligación del gestor otorgar un número de teléfono para ser contactado y no es un medio oficial según lo indicado en el punto 5 de estos términos y condiciones.

 

La cantidad de sesiones al mes son establecidas por programa y son parte de la inducción que se presenta con el emprendedor al iniciar el programa, por lo que varía la cantidad de sesiones entre un programa u otro. El horario de atención de las sesiones es de 8:30 am a 5:00 pm, de lunes a viernes.

 

  • OBLIGACIONES  DE LAS PERSONAS EMPRENDEDORAS 
  •  Obligaciones de las personas emprendedoras en cualquiera de los programas de la Agencia 

Las personas emprendedoras admitidas a cualquiera de los programas de la Agencia están obligadas a: 

1. Desarrollar los módulos en la plataforma virtual que se establecen como parte del programa dentro del plazo determinado. 

2. Acatar todos los procedimientos dispuestos por la Agencia de brindar información fidedigna sobre el desempeño del emprendimiento en cuanto a ventas, número de empleados, inversión captada, número de clientes y premios o reconocimientos recibidos y cualquier otra que el gestor determine en relación con su participación en el proyecto. 

3. Cumplir con los entregables que se soliciten durante el proceso de acompañamiento mediante la plataforma, así como entregar cualquier otro documento adicional que la Agencia considere necesario para evidenciar y validar el avance del emprendimiento dentro del programa. 

4. Aceptar los criterios de evaluación que establece la Agencia para la selección de los proyectos para avanzar en el programa, así como para el otorgamiento de los fondos de Capital Semilla en sus diferentes modalidades u otras facilidades. 

5. Respetar los derechos de propiedad intelectual de terceras personas. 

6. Mantenerse al día con los pagos a la Agencia, correspondiente a los servicios u otorgamiento de recursos cuando así corresponda. 

7. Cuidar las instalaciones físicas y equipos facilitados por la Agencia o la Universidad de Costa Rica, cuando el emprendimiento, sus miembros o personas relacionadas al mismo hagan uso de ellas. 

8. Informar a la Agencia cualquier contratiempo o situación especial que puede repercutir negativamente al proyecto, a la Agencia o alguna persona que forme parte del proceso. 

9. Brindar información a la Agencia sobre cualquier relación laboral, contrato, exclusividad o tema de Propiedad Intelectual que puedan afectar el desarrollo del proyecto dentro de la Agencia. Es responsabilidad del emprendedor brindar esta información y se exime a la Agencia de cualquier responsabilidad por información no brindada al momento del desarrollo del proyecto.

 

Disponibilidad y comunicación

De parte de la Agencia el emprendedor puede ser contactado por el gestor de emprendimiento, por algún encargado del área administrativa o algún otro colaborador que requiera información. Por tanto, en caso de cambio del medio oficial de notificación debe ser notificado al gestor asignado, en caso contrario la Agencia no se hará responsable de notificaciones de las que no tenga conocimiento las personas emprendedoras por este motivo.

 

Se establece un plazo máximo de 14 días naturales para que una persona dé respuesta al gestor de emprendimiento o el equipo administrativo que lo contacte para dar seguimiento a su proyecto. Si luego de que se remitan 4 correos electrónicos y los mismos no sean respondidos, la Agencia tiene la potestad de expulsar a las personas emprendedoras del programa específico al entenderse que no hay interés de la persona por atender los requerimientos de la Agencia.

 

Si un emprendimiento por compromisos particulares va a tener un plazo sin poder comunicarse con AUGE, deberá informalo previamente para que no sea aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior.  


  • DE LOS PROGRAMAS DE INCUBACIÓN ESPECÍFICOS DE LA AGENCIA
  • Programa StartUpGo 

El programa StartUp Go es un programa de incubación abierto todo el año  para ideas o proyectos dinámicos, que deseen un proceso de acompañamiento basado en metodología Lean Startup. El programa combina sesiones asincrónicas (ejercicios y revisión en línea) y sesiones sincrónicas con los gestores para resolver dudas y recibir retroalimentación.


  •  Costos del Programa StarUpGo

El programa StartUp Go Fase Idear tiene un costo de 260.000 colones con impuesto incluidos, por un acompañamiento máximo de 4 meses. El programa StartUp Go Fase Crear tiene un costo de 280.000 colones con impuestos incluidos, por un acompañamiento máximo de 3 meses. 


  • Plazos del programa StarUpGo 

Los plazos del programa StarUpGo serán los siguientes: 

 

Fase del Programa

Plazo 

StartUpGo – Fase Idear

2 a 4 meses

StartUpGo – Fase Crear

2 a 3 meses

 

  • Postulación al Programa StartUpGo
  • Postulación a Fase Idear del programa StarUpGo 

Las personas emprendedoras que postulen a la Fase Idear del programa StarUpGo y se determine que tienen potencial de ingresar al programa, tendrán una cita de atención con uno de los gestores de la Agencia por el medio que este determine.

 

Una vez que se obtenga la información, el Comité de Gestores analizará la postulación con base en los criterios del punto 11 de estos términos y condiciones y determinará si el proyecto puede ingresar y en consecuencia matricular el programa. La decisión de ingreso o no se le informará a las personas emprendedoras por el medio de comunicación oficial. 

Las personas emprendedoras tendrán un máximo de un mes para realizar el pago del programa para iniciar el proceso de inducción y acompañamiento. De no matricular el programa en el mes de plazo, deberá esperar 3 meses para volver a postular. 


  • Postulación a Fase Crear del programa StartUpGo

Las personas emprendedoras que postulen a la Fase Crear del Programa StarUpGo y se determine que tienen potencial de ingresar al programa, tendrán una cita de atención con uno de los gestores de la Agencia por el medio que este determine. 

 

Una vez que se obtenga la información, el Comité de Gestores analizará la postulación con base en los criterios del punto 11 de estos términos y condiciones y determinará si el proyecto es invitado a participar del proceso de evaluación conocido como Triada.

 

Las personas emprendedoras tendrán acceso a un módulo de preparación en la plataforma virtual que contiene la información y criterios que serán evaluados por medio de la TRIADA, los criterios que se utilizan son rubros generados a partir del “know how” de AUGE, por tanto, no son públicos y son solo de dominio por parte de los colaboradores de la Agencia y los jurados. Estos rubros no serán entregados ni compartidos en ningún momento del proceso.

 

Las personas emprendedoras contarán mínimo con una sesión de preparación con un gestor de la Agencia. Si el gestor considera que las personas emprendedoras no están lo suficientemente preparadas, puede negar su participación en la Triada. 

 

Los jurados evaluarán el proyecto de forma individual y se promediarán las calificaciones obtenidas para determinar si el proyecto es aceptado o no en el programa de Fase Crear. El jurado solo contará con la exposición de 10 minutos y un espacio de preguntas no superior a 10 minutos para formar un criterio y evaluar al postulante. 

 

De ser aceptado, las personas emprendedoras tienen un mes para iniciar el programa. Si no lo hace durante este plazo, deberá volver a someter su proyecto a evaluación de la Triada, luego que pasen 3 meses entre el mes de plazo otorgado para matricular y la nueva postulación. 

 

Queda a criterio de la Agencia realizar un cobro a la persona emprendedora en caso de que se presente la misma idea y la misma persona a una segunda evaluación. El costo sería informado a la persona previo al inicio del proceso. Este cobro no aplica para aquellas personas que presentan su idea y no alcanzan la puntuación mínima para ingresar, pero producto de la retroalimentación de la agencia vuelven a presentar sus ideas en una segunda oportunidad.

 

  • Prórrogas de plazo del Programa StarUpGo 

El programa de StartUpGo tiene la posibilidad de que el plazo sea extendido a un máximo de 2 meses adicionales sobre el plazo original, si se comprueba que el proyecto requiere más tiempo debido a una validación técnica o por un evento de causa mayor y bajo la autorización expresa de la Agencia. Cada mes de ampliación debe contemplar su correspondiente pago (30.000 colones para fase idear, 50.000 colones para crear).

 

De esta manera, queda a discreción de la Agencia aumentar la duración del programa una vez se cumpla el plazo establecido, y en el caso de darse la ampliación del plazo se le estará comunicando a todos los participantes. En ningún escenario es responsabilidad de la Agencia otorgar más plazo a un emprendedor por atrasos ajenos a la Agencia y que el emprendedor nunca informó y recibió por escrito la aceptación de la Agencia de su justificación. De ser un programa con una inversión requerida, la extensión llevará un costo adicional que será comunicado al emprendedor. Para los participantes que estuvieran en un programa que se extienda pero hayan terminado el mismo en el tiempo establecido, mantendrán siempre las mismas condiciones.

 

  • Congelar plazos dentro del programa StarUpGo

Las personas emprendedoras podrán congelar sus proyectos una sola vez, por un plazo máximo de 3 meses, debe ser argumentado y respaldado con documentos por el medio oficial al gestor asignado indicando el plazo que se mantendrá congelado el proyecto, entre los motivos aceptados están temas de: 

1. Dedicación de tiempo por una situación en específico. 

2. Salud.  

3. Por requerir mayor investigación o validación. 

 

Esta aprobación debe ser dada por la Agencia a través de la persona gestora asignada de forma explícita a través de un correo electrónico.

 

Durante el tiempo que el proyecto se encuentre congelado, el proyecto no puede gozar de ningún beneficio como uso de instalaciones, sesiones de acompañamiento con el gestor asignado, participación en charlas, entre otros. 

 

Si pasado el plazo de los 3 meses, el emprendedor no comunica su intención de retomar el acompañamiento, el emprendimiento pasa a condición de RETIRADO y tendrá que volver a postular su proyecto para el programa, según el proceso establecido, volviendo a tener la responsabilidad de pagar todo el programa desde cero. 

 

El emprendedor debe comunicar por medio de correo electrónico su intención de retomar el proceso a su gestor, y este se encargará de cambiar su estado en el sistema.

El proceso u opción de congelar el programa de incubación no aplica a programas específicos, no aplica a emprendimientos que estén ejecutando fondos, ni se pueden congelar meses anteriores para omitir el pago de mensualidades atrasadas, siempre será respaldado por correos electrónicos y las pruebas aportadas por el emprendedor para solicitar congelar un proyecto como previamente se mencionó.

 

  •  Programas Especiales 

La Agencia cuenta con programas especiales a los que las personas emprendedoras podrán aplicar tales como: 

1. PITs: programa de incubación para proyectos o ideas en fases iniciales, enfocado en proyectos de innovación tecnológica en áreas de salud y bienestar, sociedad y tecnología, ambiente y energía, y agroalimentario. Este programa es abierto a proyectos en Costa Rica.

2. Impulsarte: programa de incubación para proyectos o ideas en fases iniciales, enfocado en proyectos de industria naranja. Este programa está abierto a proyectos en Costa Rica.

3. UCR Emprende: programa de incubación para proyectos o ideas en fases iniciales, enfocado en proyectos de estudiantes universitarios de cualquiera de las sedes de la Universidad de Costa Rica. Este programa es exclusivo para estudiantes activos de la UCR. 

4. BAC emprende: programa de incubación para proyectos o ideas en fases iniciales, programa abierto a emprendimientos nacionales. Este programa está abierto a proyectos en Costa Rica y la selección se realiza en conjunto con el banco BAC Credomatic, institución que beca a los emprendedores. 

5. HealthTech: programa de incubación para proyectos o ideas en fases iniciales, enfocado en proyectos de la industria de salud. Este programa está abierto a proyectos en Costa Rica y la selección se realiza en conjunto con el Life Science Center del Hospital Clínica Bíblica, institución que beca a los emprendedores. 

 

  •  Costos de los programas especiales 

El costo de los programas PITs e Impulsarte es de 260.000 colones con impuestos incluidos. 

Los programas BAC emprende, UCR emprende y HealthTech son programas becados por las instituciones que los respaldan, Banco BAC Credomatic, Universidad de Costa Rica y Life Science Center del Hospital Clínica Bíblica. 

 

  • Plazos de los Programas Especiales 

Programa

Plazo 

PITs

3 meses y medio

Impulsarte

3 meses y medio

BAC emprende

4 meses

UCR Emprende

4 meses

HealthTech

5 meses

 

  • Postulación a los Programas Especiales 

Para cada proceso la Agencia nombra a un gestor responsable del programa quien se identifica en los procesos como tal, esta persona será la encargada de crear un filtro entre los postulantes que cumplan los requisitos de participación del programa específico y los que no. De requerir información adicional o extender una respuesta para considerar la postulación, se le solicitará al postulante por el medio de comunicación oficial.  

 

Basado en la información, se hará una selección de proyectos hasta completar los cupos del programa, de necesitar apoyo en la gestión sobre algún postulante se podrán discutir las postulaciones con el Comité de Gestores y se analizarán las respuestas y potencial de cada proyecto postulante para decidir en conjunto la admisión o no del proyecto. 

 

Debido a que algunos de los programas son coordinados en alianza con otras organizaciones, la información y preselección se comparte con los encargados de estas organizaciones para que verifiquen la selección de los postulantes.

 

En todo momento, la Agencia se reserva el derecho de admisión. Se le comunicará la decisión de admisión a los postulantes seleccionados y a los no seleccionados por el medio de comunicación oficial. 

 

Si un emprendedor no responde al correo electrónico en un plazo de una semana (se recomienda revisar la carpeta de spam constantemente durante el proceso), o el emprendedor rechaza su participación en el programa, el cupo puede ser trasladado a otro postulante.



En el caso de los programas que conllevan una inversión económica (pago de matrícula, mensualidad o programa), el emprendedor tendrá 10 días para realizar el pago del programa para iniciar el proceso de inducción y acompañamiento. 

 

  •  Prórrogas de los Programas Especiales 

Los programas específicos no podrán ser extendidos bajo ninguna circunstancia, por lo que de no completar el programa especial específico no se podrá ampliar la participación del postulante. Estos programas tienen un inicio y final programado, con fechas establecidas para completar el acompañamiento y optar por siguientes etapas. 

 

Queda a discreción de la Agencia aumentar la duración de un programa una vez concluya el plazo establecido y se le estará comunicando a todos los participantes, en ningún escenario es responsabilidad de la Agencia otorgar más plazo a un emprendedor por atrasos por el tiempo no aprovechado durante el programa. De ser un programa con una inversión requerida, la extensión llevará un costo adicional que será comunicado al emprendedor.

 

  • FONDOS DE CAPITAL SEMILLA
  • Aplicación a fondos de Capital Semilla 

Las personas emprendedoras aceptadas en los programas de la Agencia podrán optar por participar por fondos de Capital Semilla del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), cuando estos fondos estén disponibles. La participación debe tener una evaluación previa interna sobre el desempeño del emprendedor y la posibilidad de invitarlo a participar por alguno de los fondos. 

 

La Agencia, como agencia operadora inscrita en el sistema de otorgamiento de fondos del SBD, tiene una metodología de evaluación y selección que es un proceso propio desarrollado a lo largo del tiempo, por lo que no será compartida antes, durante o después de participar en alguno de los programas de incubación. 

 

Ser aceptado y formar parte de alguno de los programas no obliga a la Agencia ni genera ningún derecho en favor de las personas emprendedoras para el otorgamiento de recursos de esta índole. 

 

  • Fondos de prototipado

Las personas emprendedoras que en Fase Idear (incluyendo StartUpGo, PITs, Impulsarte, BAC emprende, HealthTech y UCR Emprende) concluyan el programa, podrán optar por un fondo llamado Fondo de Prototipado, el cual tiene como objetivo la construcción o desarrollo de un prototipo funcional que permita una primera validación práctica y comercialización, para demostrar que el modelo de negocio desarrollado en los programas puede ser rentable y escalable en el tiempo. 

 

Es necesario haber concluido el programa de incubación en que se encuentre inscrito el emprendedor para valorar si es invitado a crear un videopitch de 7 minutos que posteriormente será evaluado por el jurado. Las personas emprendedoras tendrán disponible los criterios en la plataforma virtual de formación, mismos que son los que evalúan los jurados. Los jurados por su parte cuentan, aparte de los criterios, con rúbricas de calificación, las cuales son privadas y son solo de uso interno de la Agencia, estas no pueden ser compartidas bajo ninguna circunstancia con el equipo de emprendimiento, antes, durante o después de la evaluación. 

 

Antes de la evaluación y entrega final, las personas emprendedoras tendrán de una a dos sesiones 1 a 1 con el gestor de emprendimiento para aclarar los puntos y criterios a evaluar. Es responsabilidad de las personas emprendedoras aceptar esas sesiones y programarlas con el gestor de emprendimiento. Los pasos para la evaluación del proyecto son los siguientes:

 

1. El emprendedor realiza un videopitch, con una extensión de 7 minutos como máximo, que debe subir a la plataforma virtual de formación.

2. Se conforma un jurado de 3 a 4 personas que evalúan el video según los criterios y rubros establecidos por la Agencia.

3. Cada jurado completa la rúbrica de forma independiente. 

4. Las diferentes evaluaciones se promedian para obtener una calificación final.

 

La calificación final es definitiva y no hay opción de recalificar, reevaluar o defender un criterio con calificación baja, los jurados solo evalúan el videopitch y el proceso de acompañamiento no es considerado para la evaluación, por lo que se recomienda aclarar dudas o consultas en las sesiones de preparación de pitch. 

 

Los jurados se mantendrán anónimos ante el equipo emprendedor, por lo que no se darán datos para contactarlos o comunicarse con ellos. 

 

El emprendedor puede optar por una sesión final con el gestor para analizar los puntos de mejora. Un emprendedor que no reciba la nota mínima puede optar por participar en otros programas de la incubadora, postulando nuevamente el proyecto en el programa. 

 

  • Fondos de puesta en marcha

Los emprendedores que demuestren tracción (cantidad de usuarios, ventas, compromisos de pago, contratos) podrán optar por el fondo de puesta en marcha, el cual tiene como objetivo consolidar el desarrollo del producto o servicio, además de iniciar o potenciar la comercialización para aumentar las ventas en su negocio. 

 

Es necesario completar el proceso de postulación a Fase Crear por medio de la Triada, llevar a cabo la sesión 1 a 1 con un gestor para el Diagnóstico y completar el plan de inversión para postular por el fondo de puesta en marcha del SBD.

 

Este proceso debe realizarse dentro de los 3 primeros meses de haber iniciado el proceso de incubación en la Agencia. 

 

  • Requisitos para ser beneficiario del Sistema de Banca para el Desarrollo

El emprendedor debe cumplir con todos los requisitos legales y de desarrollo de una iniciativa de emprendimiento dinámico o alto valor para optar por los fondos, los cuales puede obtener en el sitio oficial del SBD:

https://sbdcr.com/emprendimiento/capital-semilla/

 

  • EXPULSIÓN Y SANCIONES
  • Motivos de expulsión del programa 

El incumplimiento de las obligaciones descritas en los artículos anteriores o la prueba de mala conducta entre miembros de equipo y/o con los involucrados en el proceso, se considerará una falta, cuyo resultado inmediato es la exclusión del programa y la comunidad emprendedora de Auge.  

 

En cuanto a las causas atribuibles de una mala conducta y por tanto como motivos de exclusión se encuentran los siguientes:

1. Lesionar o intentar lesionar la integridad física o psicológica, la libertad personal y sexual y los bienes de terceras personas, durante el desarrollo de actividades del programa e institucionales, o con ocasión de ellas, ya sea ante colaboradores y funcionarios de la Agencia y la Universidad Costa Rica, así como otros participantes dentro del programa e incluso de miembros del equipo del proyecto. 

2. Hacerse suplantar o suplantar a otro en la realización de actividades que por su naturaleza debe ser realizada por miembros del equipo del proyecto, ya sea exposiciones, presentación de documentos o cualquier otra operación susceptible de ser evaluada.

3. Realizar actos vandálicos o incitarlos, en perjuicio del patrimonio o de la buena marcha del programa. 

4. Utilizar, con conocimiento de causa, documentos falsificados, para cualquier gestión del programa o de cualquier otra índole. 

5. El uso no justificado de herramientas de IA para completar ejercicios del programa en que se encuentra inscrito. 

6. Mostrar conductas sexuales inadecuadas, violación o exhibicionismo, durante el desarrollo de actividades del programa, o con ocasión de ellas, dentro y fuera de las instalaciones de la Universidad de Costa Rica, sus dependencias y la Agencia. 

7. Plagiar, en todo o en parte, obras intelectuales de cualquier tipo, así como presentar como propia una obra intelectual elaborada por otra u otras personas, para cumplir con los hitos del desarrollo del programa dentro del proyecto. 

8. Alterar o entorpecer los procesos de seguimiento y desarrollo dentro del programa. 

9. Lesionar la integridad moral de una persona, mediante injurias calumnias, difamación o agresión verbal, durante el desarrollo de actividades del programa, o con ocasión de ellas, dentro y fuera de las instalaciones de la Universidad, sus dependencias y la Agencia. Para que esta falta se configure debe existir una denuncia oral o escrita por parte del afectado

10. Acceder por medio de un tercero a las rúbricas de evaluación, a información confidencial y/o a documentos internos de la Agencia sin previa autorización por escrito.

11. El no pago de los compromisos mensuales con la Agencia, en 2 meses consecutivos y no contestar a los correos electrónicos sobre el incumplimiento de pago a la Agencia. 

12. Cualquier acto de hostigamiento y/o discriminación contemplados en los reglamentos respectivos de la Universdiad de Costa Rica.

 

Las causales anteriores deberán estar debidamente comprobadas siguiendo y aplicando en todo momento los principios constitucionales del debido proceso y el derecho de defensa. La decisión de la Agencia sobre la expulsión del programa será inapelable.  



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